Para prevenir la contaminación atmosférica se dictarán disposiciones concernientes a: a). La calidad que debe tener el aire, como elemento indispensable para la salud humana, animal o vegetal; b). El grado permisible de concentración de sustancias aisladas o en combinación capaces de causar perjuicios o deterioro en los bienes, en la salud humana, animal y vegetal; c). Los métodos más apropiados para impedir y combatir la contaminación atmosférica; d). La contaminación atmosférica de origen energético, inclusive la producida por aeronaves y demás automotores; e). Restricciones o prohibiciones a la importación, ensamble, producción o circulación de vehículos y otros medios de transporte que alteren la protección ambiental, en lo relacionado con el control de gases, ruidos y otros factores contaminantes. f). La circulación de vehículos en lugares donde los efectos de contaminación sean más apreciables; g). El empleo de métodos adecuados para reducir las emisiones a niveles permisibles. h). Establecimiento de estaciones o redes de muestreo para localizar las fuentes de contaminación atmosférica y detectar su peligro actual o potencial
Decreto 2811 de 1974 →In force
Article 75
Para Prevenir La Contaminación Atmosférica Se Dictarán Disposiciones Concernientes A: A)
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
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01
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02
Constitutional history
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