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Article 8

Extinción De La Obligación Tributaria En La Opción Fiducia

Decreto 1389 de 2026 · Por el cual se adopta la dfñ5ras Impuestos para la Reconstrucción en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por grave calamidad pública en parte del territorio nacional declarado mediante el Decreto 1261 de 2026 modificado por el Decreto 1348 de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para los proyectos vinculados a la modalidad especial mediante la opción prevista en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, la porción correspondiente de la obligación tributaria se extinguirá cuando la entidad nacional competente certifique la entrega y recibo a satisfacción de la obra o de una unidad funcional susceptible de entrega, con fundamento en la certificación o informe de la interventoría del proyecto.

La entidad nacional competente remitirá dicha certificación a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN para que esta efectúe los registros correspondientes en la cuenta corriente del contribuyente.

La DIAN no tendrá a su cargo la verificación técnica, física, contractual, financiera o presupuestal de los proyectos, la cual corresponderá a las entidades competentes y a los demás actores responsables de su ejecución y seguimiento, de conformidad con las disposiciones aplicables.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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