No procedencia de la calificación de servicios. Los empleados inscritos en el escalafón de la carrera que se encuentren desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción, por comisión, o que estén en comisión de estudio, no serán objeto de calificación durante el período de estas situaciones administrativas. Los empleados escalafonados, que se encuentren al vencimiento del período anual objeto de calificación, desempeñando por encargo empleos de carrera, deberán ser calificados, sumando el lapso durante el cual ejercieron el cargo en donde se encuentren inscritos.
Decreto 1732 de 1997 →In force
Article 67
Decreto 1732 de 1997 · por el cual se reglamenta el título IX de la Ley 201 de 1995 y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.