º No se podrá conferir comisión de estudio en el exterior a funcionario que no tenga por lo menos dos años continuos de servicios en la respectiva entidad además de la carta de autorización presidencial, a que se refiere el artículo primero de este decreto, deberán llenarse los requisitos exigidos por los artículos ochenta y dos y siguientes del Decreto 1950 de 1973, es decir: contrato de prestación de servicios por el doble del tiempo de la duración de la comisión, y póliza de garantía por el cincuenta por ciento de lo que el funcionario puede devengar durante su permanecía en el exterior, incluyendo , la totalidad del valor de los pasajes, si a ello tuviere derecho.
Article 4
No Se Podrá Conferir Comisión De Estudio En El Exterior A Funcionario Que No Tenga Por Lo Menos Dos Años Continuos De Servicios En La Respectiva Entidad Además De La Carta De Autorización Presidencial, A Que Se Refiere El Artículo Primero De Este Decreto, Deberán Llenarse Los Requisitos Exigidos Por Los Artículos Ochenta Y Dos Y Siguientes Del Decreto 1950 De 1973, Es Decir: Contrato De Prestación De Servicios Por El Doble Del Tiempo De La Duración De La Comisión, Y Póliza De Garantía Por El Cincuenta Por Ciento De Lo Que El Funcionario Puede Devengar Durante Su Permanecía En El Exterior, Incluyendo , La Totalidad Del Valor De Los Pasajes, Si A Ello Tuviere Derecho
Decreto 1500 de 1976 · Por el cual se modifica parcialmente el decreto 1344 de 1975 y se dictan otras disposiciones
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