Modifíquese el artículo 2.3.2.1.4.21 del Decreto número 1081 de 2015, el cual quedará así:
“Articulo 2.3.1.4.21. Acceso a Empleo. La Unidad del Servicio Público de Empleo, a través de la Red de prestadores, promoverá el acceso a los servicios de gestión y colocación laboral de las personas en proceso de reintegración interesadas, impulsando la inclusión laboral y los ajustes a los servicios de manera que se contribuya con la mitigación de las barreras de acceso al empleo que se puedan presentar”.