º. Tarifas para las entidades del Estado. Las entidades de derecho público autorizadas por ministerio de la ley o a través de licencia otorgada directamente por el Ministerio de Comunicaciones, que utilicen redes de telecomunicaciones con sistemas de acceso troncalizado en actividades de telecomunicaciones, en atención a la defensa y seguridad del Estado y de la vida humana, en áreas de servicio nacional, departamental o municipal pagarán únicamente el diez por ciento (10%) de las tarifas establecidas en el presente decreto por concepto del otorgamiento de los derechos de la concesión.
Decreto 3046 de 1997 →In force
Article 9
º
Decreto 3046 de 1997 · por el cual se fijan los derechos que se deben pagar por concepto de la concesión, explotación y utilización del espectro radioeléctrico en las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado y se establecen otros derechos tarifarios.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.