º. Requisitos para la inscripción de candidatos. Los afiliados de que trata el artículo anterior, que deseen postularse para actuar como representantes de los demás afiliados a Caxdac, deberán inscribirse, junto con sus respectivos suplentes, durante el mes de febrero inmediatamente anterior a la elección, en cualquiera de las oficinas de Caxdac, adjuntando para el efecto una hoja de vida en la cual consten, su nombre completo, documento de identidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia y cargos desempeñados durante los últimos cinco (5) años. Los mismos requisitos deberán cumplir los candidatos afiliados a Caxdac que no sean aviadores civiles pero su postulación deberá provenir de un afiliado.
Decreto 1923 de 1994 →In force
Article 2
º
Decreto 1923 de 1994 · Por el cual se establece la elección de alguno de los miembros de la Junta directiva de la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, Caxdac
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.