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Article 28

Dirección De Seguridad Aeroportuaria

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

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Dirección de Seguridad Aeroportuaria. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General y del Secretario Aeroportuario, son funciones de la Dirección de Seguridad Aeroportuaria, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

1.

Diseñar y dirigir un plan nacional de seguridad que garantice la protección física de la infraestructura, las naves y los pasajeros durante su permanencia en los aeropuertos, así como la continuidad en la prestación de los servicios aeroportuarios.

2.

Coordinar y supervisar la ejecución de los programas locales de seguridad aeroportuaria.

3.

Realizar operativos aleatorios para determinar el grado de seguridad aeroportuaria que presentan los diferentes aeropuertos y recomendar las modificaciones necesarias para lograr una adecuada protección de los mismos: determinar las responsabilidades según el caso y proponer las medidas preventivas, correctivas y sancionatorias a que hubiere lugar.

4.

Coordinar y supervisar el desarrollo de los contratos de seguridad y vigilancia.

5.

Promover y estimular la seguridad aeroportuaria del país.

6.

Adelantar los estudios e investigaciones que el Secretario Aeroportuario le solicite.

7.

Las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Director General y el Secretario Aeroportuario. CAPITULO VII Organos Asesores del Nivel Central.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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