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Article 116

Modificación, Aclaración, Sustitución Y Revocatoria Del Acto Administrativo De Nombramiento

Decreto 20 de 2014 · por el cual se clasifican los empleos y se expide el régimen de carrera especial de la Fiscalía General de la Nación y de sus entidades adscritas.

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Text of the article

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Modificación, aclaración, sustitución y revocatoria del acto administrativo de nombramiento. La autoridad nominadora de la Fiscalía y de las entidades adscritas o la autoridad en quien estas deleguen la facultad, podrá o deberá, según el caso, modificar, aclarar, sustituir o revocar un acto administrativo de nombramiento, en cualquiera de las siguientes circunstancias

1.

Cuando se ha cometido error en la persona.

2.

Cuando aún no se ha comunicado.

3.

Cuando recaiga en una persona que no reúna los requisitos para el ejercicio del empleo.

4.

Cuando el nombramiento se efectúe por autoridad no competente.

5.

Cuando haya recaído, antes de la posesión, auto de detención preventiva en la persona nombrada.

6.

Cuando haya error en la denominación, clasificación o ubicación del cargo o en empleos inexistentes, o

7.

Cuando se haya incurrido en cualquier tipo de error material o de hecho o aritmético.

Parágrafo

Las modificaciones, aclaraciones y sustituciones del acto de nombramiento que no afecten los derechos del nombrado, podrán realizarse incluso con posterioridad a la posesión. Las modificaciones, aclaraciones, sustituciones y revocaciones del acto de nombramiento que afecten los derechos del nombrado, solo podrán realizarse antes de la aceptación de la designación, salvo consentimiento del interesado.

02

Constitutional history

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