º. El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente podrán someter a estudio de la Comisión Conjunta para Asuntos Ambientales, tanto los proyectos técnicos en materia de prevención y control de la alteración ambiental como los proyectos de las resoluciones que impongan sanciones por contravención de normas ambientales, cuando a su juicio unos y otros tengan por objeto la protección tanto de los recursos naturales renovables como de la salud humana.
Article 3
El Ministerio De Salud Y El Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente Podrán Someter A Estudio De La Comisión Conjunta Para Asuntos Ambientales, Tanto Los Proyectos Técnicos En Materia De Prevención Y Control De La Alteración Ambiental Como Los Proyectos De Las Resoluciones Que Impongan Sanciones Por Contravención De Normas Ambientales, Cuando A Su Juicio Unos Y Otros Tengan Por Objeto La Protección Tanto De Los Recursos Naturales Renovables Como De La Salud Humana
Decreto 1415 de 1978 · Por el cual se crea la Comisión Conjunta para Asuntos Ambientales y se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1973 y el Decreto-ley 2811 de 1974
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