Son funciones del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, las siguientes: 1o. Desarrollar las políticas trazadas por el Gobierno Nacional, atendiendo los programas y proyectos para los cuales se asignen recursos o que correspondan como resultado de planes nacionales, sectoriales y departamentales, respectivamente. 2o. Determinar la organización interna del Fondo Nacional de Caminos Vecinales mediante la expedición de sus estatutos, la estructura interna y la adopción de la planta de personal que deberán aprobarse me-diante decreto del Gobierno Nacional, pudiendo en consecuencia, crear, suprimir o fusionar las dependencias y cargos que estime conveniente para su debido funcionamiento y el cabal cumplimiento de sus objetivos, con estricta sujeción a las normas reguladoras de la administración pública. 3o. Estudiar y aprobar los anteproyectos de presupuesto del Fondo, al igual que sus modificaciones. 4o. Adoptar acorde a las disposiciones legales los reglamentos de cofinanciación necesarios para el desarrollo de los proyectos. 5o. Evaluar el funcionamiento del Fondo Nacional de Camino Vecinales y adoptar las medidas que requiera para adecuar su actividad a las políticas generales del Ministerio de Transporte. 6o. Determinar al red vial terciaria que deberá ser transferida, bajo responsabilidad del Fondo, en concordancia con las normas respectivas. 7o. Autorizar las comisiones al exterior de los empleados del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. 8o. Expedir su propio reglamento. 9o. Las demás que le señalen la ley, los reglamentos y los estatutos.
Decreto 2128 de 1995 →In force
Article 12
Decreto 2128 de 1995 · por el cual se organiza el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.