° Los actuales empleados de la Superintendencia Nacional de Cooperativas que fueren incorporadas en cargos con sueldos inferiores a la remuneración que estén devengando en el momento de la incorporación, continuaran con la que vienen percibiendo hasta que se retiren del servicio u obtengan una remuneración superior. En estos casos, la Prima de Antigüedad, será las del grado que corresponda al cargo al cual hayan sido incorporados, la cual se adicionara a la remuneración que se venga percibiendo.
Article 4
Los Actuales Empleados De La Superintendencia Nacional De Cooperativas Que Fueren Incorporadas En Cargos Con Sueldos Inferiores A La Remuneración Que Estén Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuaran Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior
Decreto 2574 de 1973 · Por el cual se establece la planta de personal de la superintendencia nacional de cooperativas
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.