Los Auditores tienen el deber de concurrir a los Consejos de Guerra, y de dictaminar el todos los negocios que sometan a su consideración el Ministerio de Guerra o los Comandos Superiores.
En el caso de que la Unidad superior carezca de Auditor de Guerra, puede el respectivo Comandante de ella nombrar en cada caso un Auditor ad hoc.
Procedimientos en los juicios militares
Formación del sumario.