Períodos de asignación. Periódicamente, por lo menos una vez al trimestre, en las fechas definidas por la Junta Directiva del Inurbe, se realizarán las asignaciones del Subsidio Familiar de Vivienda, en las cuales participarán los inscritos en el Registro Unico de Postulantes. En tales asignaciones se aplicarán los recursos que para tales efectos ingresarán al presupuesto del Inurbe y de las Cajas de Compensación Familiar en el período correspondiente, de acuerdo con el presupuesto anual mensualizado aprobado por la Superintendencia del Subsidio Familiar, para el caso de estas últimas entidades. Las postulaciones serán recibidas en el referido Registro con una antelación no inferior a treinta (30) días a la fecha prevista para la correspondiente asignación.
Decreto 824 de 1999 →In force
Article 44
Decreto 824 de 1999 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3a. de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero para áreas urbanas y la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.