° La Tesorería General y todas las oficinas recaudadoras dependientes de ella, liquidarán y pagarán, en la forma en que se ha venido practicando, los intereses devengados por las cédulas de Tesorería del 2 por 100, que no hayan sido pagados hasta la fecha en que se emitieron las cédulas del 10 por 100 que se entregaron al Banco de la República. Comuníquese y publíquese.
Article 1
La Tesorería General Y Todas Las Oficinas Recaudadoras Dependientes De Ella, Liquidarán Y Pagarán, En La Forma En Que Se Ha Venido Practicando, Los Intereses Devengados Por Las Cédulas De Tesorería Del 2 Por 100, Que No Hayan Sido Pagados Hasta La Fecha En Que Se Emitieron Las Cédulas Del 10 Por 100 Que Se Entregaron Al Banco De La República
Decreto 1552 de 1923 · Por el cual se dispone la manera de pagar los intereses de las cédulas de Tesorería del 2 por 100
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