º. Los dibujos a que se refiere el artículo 543, ordinal 3° del Decreto-ley 410 de 1971, que serán los necesarios para la completa comprensión del objeto o invención, podrán presentarse en forma de planos, diseños, esquemas o fotografías. Si la invención versa sobre una máquina o parte de ella se adjuntarán además, una proyección en elevación, otra en planta, un plano en perspectiva y varios cortes de las partes más importantes de aquellas; si es sobre un procedimiento, deberá agregarse también un diagrama de flujo con sus partes de operación y un dibujo del producto resultante. Dichas figuras tendrán que sujetarse a las reglas del dibujo técnico industrial y se elaborarán con tinta indeleble sobre papel delgado de buena calidad, de 32 por 22 cms., dejándose un margen de 5 cms., del lado izquierdo y de 2 al lado derecho, con la indicación de la escala decimal utilizada. En caso de adjuntarse fotografías estas deberán ser del tamaño antes señalado.
Decreto 753 de 1972 →In force
Article 1
Los Dibujos A Que Se Refiere El Artículo 543, Ordinal 3° Del Decreto-Ley 410 De 1971, Que Serán Los Necesarios Para La Completa Comprensión Del Objeto O Invención, Podrán Presentarse En Forma De Planos, Diseños, Esquemas O Fotografías
Decreto 753 de 1972 · Por el cual se reglamentan algunas normas del Código de Comercio sobre Propiedad Industrial
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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