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Article 7

Secretaría Técnica

Decreto 2380 de 2012 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial del Régimen de Prima Media con Prestación Definida del Sistema General de Pensiones

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°. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Régimen de Prima Media con Prestación Definida del Sistema General de Pensiones será ejercida por el Director Jurídico de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, quien tendrá las siguientes funciones

1.

Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión Intersectorial.

2.

Elaborar las actas de las sesiones, donde se deben consignar claramente las decisiones adoptadas por sus integrantes frente a los temas estudiados.

3.

Custodiar las actas y los documentos técnico-jurídicos que soportaron las decisiones adoptadas.

4.

Coordinar con el grupo de trabajo técnico-jurídico la preparación y elaboración de los documentos técnico-jurídicos que deban ser sometidos a consideración de la Comisión.

5.

Remitir los documentos técnico-jurídicos como anexos a la convocatoria.

6.

Hacer seguimiento al plan de acción y al cumplimiento de las decisiones tomadas por la Comisión intersectorial.

7.

Promover el cumplimiento del reglamento interno de la Comisión entre sus integrantes e invitado permanente.

8.

Las demás que le asignen los miembros permanentes de la Comisión Intersectorial.

Parágrafo

La Secretaría Técnica de la Comisión asistirá a las sesiones de la Comisión con voz pero sin voto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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