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Article 12

Ley 36 de 1907 · Por la cual se reforma el Decreto legislativo número 27 de 1906 y se ceden unas tierras baldías

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Célense á la Universidad de Nariño veinte mil hectáreas de tierras baldías en el lugar que ella señale á orillas de la laguna La Cocha, y diez mil en la región denominada El Pum, destinadas al acrecimiento de los bienes y rentas de ese Instituto.

Cédense al Distrito de Pasto veinte mil hectáreas de tierras baldías en la misma zona de ia laguna La Cocha, destinadas á la fundación de colonias agrícolas y al fomento de la instrucción industrial en esa región.

Parágrafo

La ubicación, mensura y alinderamiento de las tierras cedidas se llevarán á cabo de acuerdo entre el Gobierno y las entidades favorecidas, á costa de éstas y respetando los derechos adquiridos por cualesquiera actuales ocupantes. El Gobierno reglamentará la manera de hacer más benéfica la cesión á que se refiere este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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