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Article 2

El Artículo Cuarto Del Decreto 2301 De 1997 Quedará Así: “artículo Cuarto

Decreto 2107 de 1998 · por medio del cual se modifica el Decreto 2301 del 17 de septiembre de 1997.

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Text of the article

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°. El artículo cuarto del Decreto 2301 de 1997 quedará así: “Artículo cuarto. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Consejo Asesor “Sistemas Año 2000” será ejercida por el Departamento Nacional de Planeación y tendrá las siguientes funciones

1.

Asesorar y colaborar con el Consejo Asesor en la orientación, evaluación y seguimiento de las diferentes actividades desarrolladas por éste.

2.

Apoyar la coordinación del proceso de implementación de las políticas estratégicas que adopte el Gobierno Nacional para mitigar los efectos de la crisis informática del año 2000.

3.

Convocar a sesiones ordinarias del Consejo Asesor una vez al mes. Las sesiones extraordinarias serán convocadas en cualquier momento a solicitud del Presidente del Consejo Asesor.

4.

Elaborar las actas de las sesiones de Consejo Asesor y mantener actualizados sus archivos.

5.

Tramitar la correspondencia del Consejo Asesor de acuerdo a las instrucciones del mismo.

6.

Publicar y divulgar los trabajos, estudios, informes o investigaciones que realice el Consejo Asesor.

7.

Las demás que le asigne o delegue el Consejo Asesor.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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