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Article 2

Requisitos De Afiliación

Decreto 516 de 2004 · por el cual se reglamenta la afiliación colectiva a través de agremiaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud de los trabajadores independientes con ingresos inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales.

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°. Requisitos de afiliación . Para afiliarse a través de las agremiaciones, los trabajadores independientes deberán acreditar ante la Entidad Promotora de Salud lo siguiente: 2.1 Certificación sobre su vinculación a una agremiación que tenga dentro de su objeto la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, la cual deberá incluir: 2.1.1. El número de afiliados con que cuenta, que no podrá ser inferior al número mínimo establecido en el presente decreto, y 2.1.2. La vigencia de la garantía de que trata el artículo 6° del presente decreto. 2.2. Que la aplicación del sistema de presunción de ingresos que efectúe la EPS determine un ingreso base de cotización inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que quien solicita la afiliación no perciba ingresos adicionales a los derivados de su calidad de trabajador independiente, circunstancia que certificará mediante declaración juramentada.

Parágrafo 1

La EPS deberá verificar la existencia de la agremiación, el cumplimiento de las condiciones de afiliación previstas en el presente decreto, y la validez de la garantía del pago de cotizaciones.

Parágrafo 2

La vinculación a una agremiación para los efectos del presente decreto no constituye relación o vínculo laboral.

Parágrafo 1

Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 11001032500020050021401(933505) de 2007

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Constitutional history

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