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Article 13

Oficina Asesora De Asuntos Legales

Decreto 309 de 2017 · por el cual se modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

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Oficina Asesora de Asuntos Legales . Son funciones de la Oficina Asesora de Asuntos Legales, las siguientes

1.

Asesorar a la Presidencia y a las demás dependencias en los asuntos, políticas, instrumentos, herramientas y consultas jurídicas que se presenten en el ejercicio de sus competencias.

2.

Diseñar, formular, expedir e impartir los criterios y conceptos jurídicos en los temas de competencia de Colpensiones, evaluando sus impactos económicos y operativos.

3.

Dirigir y divulgar la compilación, estudio y actualización de las disposiciones constitucionales, legales, actos administrativos generales, jurisprudencia y doctrina relacionada con las competencias de Colpensiones.

4.

Elaborar y proponer, en coordinación con las dependencias competentes, proyectos de actos legislativos, leyes y decretos que el Presidente de Colpensiones deba someter a consideración del Gobierno nacional y hacerles seguimiento.

5.

Evaluar, formular y desarrollar, en coordinación con la Vicepresidencia de Operaciones del Régimen de Prima Media, las estrategias, lineamientos y criterios para la defensa jurídica en los temas relacionados con el Régimen de Prima Media con Prestación Definida.

6.

Evaluar, formular y desarrollar, en coordinación con la Vicepresidencia de Beneficios Económicos Periódicos, las estrategias, lineamientos y criterios para la defensa jurídica en los temas relacionados con el servicio de Beneficios Económicos Periódicos.

7.

Representar judicial y extrajudicialmente a Colpensiones en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los que sea parte, diferentes a los relacionados con el Régimen de Prima Media y con los Beneficios Económicos Periódicos y conferir los respectivos poderes, cuando así lo estime conveniente.

8.

Establecer, en coordinación con las dependencias competentes, estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos de Colpensiones.

9.

Dirigir y liderar la aplicación de mecanismos alternativos de solución de conflictos, de conformidad con la ley.

10.

Proyectar los actos administrativos para la firma del Presidente que no sean de competencia de otras dependencias, los que resuelvan conflictos de competencia y revocatoria directa, de oficio o a petición de parte.

11.

Ejercer la Secretaría Técnica de la Junta Directiva de Colpensiones.

12.

Participar en la definición de los procesos de Colpensiones, en la gestión de los riesgos y la generación de acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.

13.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

14.

Apoyar la formulación de los planes estratégicos y operativos de Colpensiones.

15.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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