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Article 22

Funciones De La Subdirección De Enfermedades Transmisibles

Decreto 120 de 2026 · por el cual se establece la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social.

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01

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Funciones de la Subdirección de Enfermedades Transmisibles . Son funciones de la Subdirección de Enfermedades Transmisibles las siguientes

1.

Diseñar e implementar programas, estrategias y proyectos de promoción y prevención, en el marco de los eventos de control, eliminación y erradicación de las enfermedades transmisibles, teniendo en cuenta sus determinantes, factores de riesgo, entornos y sujetos de derecho.

2.

Realizar análisis, seguimiento y evaluación de las intervenciones, tecnologías en salud, programas, estrategias y proyectos, en el marco de los eventos de control, eliminación y erradicación de las enfermedades transmisibles.

3.

Apoyar la elaboración de normas, reglamentos, políticas y planes, tendientes a prevenir, intervenir y controlar las enfermedades transmisibles.

4.

Elaborar, implementar, realizar seguimiento y monitoreo de lineamientos, protocolos, guías, y notas técnicas tendientes a prevenir, intervenir y controlar las enfermedades transmisibles.

5.

Realizar fortalecimiento de capacidades y desarrollo de competencias a los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, y otros intersectoriales en los temas a cargo.

6.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión de la Calidad, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

7.

Apoyar la gestión de medicamentos, biológicos e insumos de interés en salud pública: definición de necesidades técnicas, estimación, generación de lineamientos técnicos, apoyo técnico en la cadena de fría y asignación a las entidades territoriales del orden departamental y distrital, así como la generación de conceptos técnicos para la adquisición según la pertinencia.

8.

Liderar la planeación, elaboración de lineamientos técnicos, desarrollo de capacidades, monitoreo y seguimiento técnico a la ejecución de las transferencias nacionales en el marco de los eventos de control, eliminación y erradicación de las enfermedades transmisibles.

9.

Identificar, promover y participar en los procesos de concertación, armonización y articulación, intrainstitucional, interinstitucional, intersectorial, transectorial e intercultural para la consolidación de alianzas estratégicas y de cooperación regional e internacional en el marco de los eventos de control, eliminación y erradicación de las enfermedades transmisibles.

10.

Apoyar el desarrollo, implementación y sostenibilidad de los subsistemas de información en el ámbito de su competencia, promoviendo la transformación digital y la implementación de nuevas tecnologías en coordinación con las dependencias de tecnologías de la información a nivel intra e interinstitucional.

11.

Definir las necesidades de información en salud pública y su análisis, así como recomendar estrategias para el fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud pública necesarias para el control, la eliminación y la erradicación de las enfermedades transmisibles.

12.

Definir las líneas y prioridades de investigación, así como proponer, desarrollar, ejecutar, apoyar y gestionar recursos para estudios orientados al mejoramiento, la innovación tecnológica, inclusión y exclusión de vacunas, la fundamentación científica y la generación de conocimiento en promoción de la vacunación y prevención, detección, diagnóstico y control de las enfermedades Transmisibles, en articulación con otras entidades del sector salud y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

13.

Proponer en coordinación con otras dependencias las competencias relacionadas con la cualificación del talento humano, así como, el diseño e implementación de acciones tendientes a mejorar las competencias para garantizar el efectivo apoyo a los programas, estrategias y proyectos orientados a la promoción, prevención, control, eliminación y erradicación de las enfermedades transmisibles.

14.

Articular con otras dependencias la elaboración y establecer los planes de contingencia para la respuesta a las situaciones de alertas, emergencias, brotes y epidemias por enfermedades transmisibles, así como, brindar asistencia técnica, seguimiento y monitoreo a la implementación de acciones establecidas por las entidades territoriales según competencias, teniendo en cuenta sus determinantes, factores de riesgo, entornos y sujetos de derecho.

15.

Promover la participación, la movilización social, la educación y la comunicación en salud para el desarrollo de programas, estrategias y proyectos para el control, la eliminación y la erradicación de las enfermedades trasmisibles, teniendo en cuenta sus determinantes, factores de riesgo, entornos y sujetos de derecho.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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