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Article 8

Consejo Nacional De Vih Sida E Infecciones De Transmisión Sexual

Ley 2566 de 2026 · por medio del cual se establecen las principales líneas de gestión para el abordaje intersectorial de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), el VIH/Sida, la Coinfección TB/VIH y las Hepatitis B y C en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El Consejo Nacional de VIH Sida e infecciones de transmisión sexual o el organismo que haga sus veces, sesionará como mínimo cada seis (6) meses o antes a solicitud de sus integrantes, y será el ente articulador de la gestión integral e intersectorial de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), el VIH/sida, la coinfección TB/VIH y las hepatitis B y C en el territorio nacional. Además de las funciones establecidas en el marco normativo vigente, desarrollará las siguientes:

a)

Desarrollar en el marco de la política pública medidas orientadas a la eliminación de las barreras de acceso al ejercicio pleno de derechos fundamentales de las personas con las ITS, el VIH/ sida, la coinfección TB/VIH y las hepatitis B y C, en especial, a la salud, el trabajo y educación.

b)

Promover el uso de la información estadística y epidemiológica para definir o fortalecer las acciones de políticas públicas relacionadas con las ITS, el VIH/sida, la coinfección TB/VIH y las hepatitis B y C.

c)

Coordinar los mecanismos para la participación intersectorial en las actividades de prevención combinada y atención integral dirigidas a las personas afectadas y en riesgo de ITS, VIH/sida, coinfección TB/VIH y hepatitis B y C.

d)

Realizar el seguimiento y evaluación del Plan Nacional de respuesta ante las ITS, el VIH/sida, la coinfección TB/VIH y las hepatitis B y C.

e)

Apoyar la gestión de recursos para la respuesta nacional ante las ITS, el VIH/sida, la coinfección TB/VIH y las hepatitis B y C.

f)

Prestar la asesoría técnica que se le solicite para la elaboración de proyectos, acuerdos o convenios internacionales.

g)

Vigilar el cumplimiento del Plan de Respuesta ante oportuno y atención del VIH, hepatitis B y C, ITS y coinfección por TB/ VIH.

h)

Generar informes con recomendaciones de carácter vinculante a quien corresponda frente al cumplimiento del Plan Nacional de Respuesta ante las ITS, el VIH/sida, la coinfección por TB/VIH y las hepatitis B y C.

Parágrafo

El Gobierno nacional garantizará la participación de los ciudadanos, organizaciones de base comunitaria, representante de poblaciones clave y vulnerables, asociaciones de pacientes y sociedades científicas y otros actores relacionados con las acciones mencionadas en los eventos priorizados en la presente ley, en el Consejo Nacional de VIH Sida e infecciones de transmisión sexual.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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