El Reglamento sobre el régimen interno de la Escuela lo dictará el Director del establecimiento, con aprobación del Ministro de Correos y Telégrafos, y queda facultado éste para llenar los vacíos de este Decreto, obviar los inconvenientes que se presenten y disponer todo lo necesario para la marcha regular del plantel. Cópiese, comuníquese y publíquese.
Article 12
El Reglamento Sobre El Régimen Interno De La Escuela Lo Dictará El Director Del Establecimiento, Con Aprobación Del Ministro De Correos Y Telégrafos, Y Queda Facultado Éste Para Llenar Los Vacíos De Este Decreto, Obviar Los Inconvenientes Que Se Presenten Y Disponer Todo Lo Necesario Para La Marcha Regular Del Plantel
Decreto 29 de 1925 · Sobre fundación y funcionamiento de una Escuela de Operarios de Telegrafía y de Telefonía Inalámbricas
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