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Article 8

º La Junta Directiva Se Compondrá De Cinco (5) Miembros, Uno De Los Cuales Será El Ministro De Minas Y Energía, Quien La Presidirá

Decreto 1209 de 1994 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º La Junta Directiva se compondrá de cinco (5) miembros, uno de los cuales será el Ministro de Minas y Energía, quien la presidirá. Los miembros distintos del Ministro serán designados por el Presidente de la República, para períodos de dos años, tendrán suplentes personales y serán renovables por mitad cada año, pero podrán ser reelegidos.

Parágrafo

Ni los miembros de la Junta Directiva ni el Presidente de la Empresa, cesarán en sus funciones hasta tanto su respectivo sucesor haya sido designado y entre en ejercicio de su cargo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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