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Article 6

Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección De Sanidad, Serán Incorporados En Los Cargos De Los Que Trata El Artículo 1°, En Un Término Máximo De Sesenta (60) Días Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 2727 de 2010 · Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección de Sanidad y se dictan otras disposiciones

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01

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°. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección de Sanidad, serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1°, en un término máximo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su publicación.

02

Constitutional history

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