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Article 2.2.5.1.1

Facultad Para Nombrar En La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Facultad para nombrar en la Rama Ejecutiva del orden nacional. Corresponde al Presidente de la República nombrar y remover libremente a los siguientes empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional

1.

Ministros del despacho, viceministros, y secretarios generales de ministerios.

2.

Directores, subdirectores y secretarios generales de departamentos administrativos.

3.

Agentes diplomáticos y consulares.

4.

Superintendentes, presidentes, directores o gerentes de las entidades del sector central y descentralizado.

5.

Jefes de control interno o quienes hagan sus veces.

6.

Aquellos cuya provisión no deba hacerse por concurso o no corresponda a otros servidores o corporaciones, según la Constitución o la ley. Corresponde a los ministros, directores de departamentos administrativos, presidentes, directores o gerentes de las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, nombrar al personal de su entidad u organismo, salvo aquellos nombramientos cuya provisión esté atribuida a otra autoridad por la Constitución o la ley.

02

Constitutional history

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