º. Los "Títulos de Tesorería -TES- Clase B", de que tratan los artículos anteriores tendrán las siguientes características financieras y condiciones de emisión y colocación. Nombre de los títulos: Títulos de Tesorería -TES- Clase B; Moneda de denominación: Legal colombiana Moneda de pago de principal e intereses: Legal colombiana. Ley de circulación y recompra anticipada: Serán títulos a la orden y libremente negociables en el mercado. Podrán tener cupones para intereses, también libremente negociables. No podrán colocarse con derecho de recompra anticipada; Denominación de los títulos: La denominación mínima será de quinientos mil pesos ($500.000) moneda legal colombiana y para sumas superiores esta denominación se adicionará en múltiplos de cien mil pesos ($100.000) moneda legal colombiana; Plazo: Se determinará con sujeción a las necesidades presupuestales y no podrá ser inferior a un (1) año; Tasas máximas de interés: Las tasas máximas de rentabilidad efectiva estarán dentro de los límites que registre el mercado, según las directrices que establezca la Junta Directiva del Banco de la República; Lugar de colocación: Mercado de capitales colombiano; Forma de colocación: Podrán ser colocados en el mercado bien directamente o por medio de sistemas de oferta, remates o subastas, según lo determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para este propósito se podrán utilizar como intermediarios a las personas legalmente habilitadas para el efecto. También se entiende como colocación directa la entrega de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B" a los acreedores de la Nación para la cancelación de obligaciones, siempre y cuando éstos lo consientan y, las colocaciones privadas de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B"; Compra: Con descuento o prima sobre su valor nominal, según las condiciones del mercado, que serán reflejadas mediante los sistemas previstos en la forma de colocación que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto.
Decreto 2747 de 1997 →In force
Article 3
Los "títulos De Tesorería -Tes- Clase B", De Que Tratan Los Artículos Anteriores Tendrán Las Siguientes Características Financieras Y Condiciones De Emisión Y Colocación
Decreto 2747 de 1997 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación "Títulos de Tesorería -TES- Clase B".
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.