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Article 28

Funciones

Decreto 1101 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Provisiones

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Text of the article

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Funciones. Son funciones del Gerente General del Instituto: 1) Dirigir, con sujeción a las disposiciones del decreto-ley 2370 de 1968 del presente estatuto y de la Junta Directiva las actividades de INALPRO y vigilar su estricto cumplimiento. 2) Organizar la administración del Instituto, fijando los sistemas más apropiados para su funcionamiento. 3) Someter a la aprobación de la Junta Directiva, el proyecto de organización interna, planta de personal y el estatuto del penal y sus modificaciones cuando fueren necesarias. 4) Presentar a la Dirección General del presupuesto, el proyecto de presupuesto y los planes de inversión del instituto, por los menos quince (15) días antes de ser sometidos a la consideración de la Junta Directiva. 5) Preparar y presentar a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de crédito y traslados presupuestales. 6). someter a la consideración de la Junta Directiva los planes, estudios e iniciativas para el desarrollo de las funciones del Instituto. 7) Ejecutar los planes, programas del Instituto. 8) Celebrar y suscribir en su carácter de representante legal del Instituto, los actos y contratos que deban celebrarse con personas naturales o jurídicas y entidades nacionales e internacionales. 9) Presentar anualmente al Presidente de la República, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y a la Junta Directiva los lances generales, el proyecto de aplicación del superlativo y un informe sobre la marcha de la entidad. 10) Presentar igualmente al Presidente de la República y al Ministro de Hacienda y Crédito Público los balances mensuales y los informes adicionales que le soliciten y practicar para los estudios que le ordenen sobre la utilización racional de los bienes de la Administración Nacional, de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría. General de la Nación. 11) Rendir informaciones al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la forma que este lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas del instituto. 12) Nombrar y remover libremente a los empleados del instituto con las limitaciones estatuidas en el artículo 18. 13) Establecer los sistemas internos de administración de personal. 14) Constituir mandatarios que presenten al Instituto en negocios judiciales y extrajudiciales, previa autorización de la junta directiva. 15) Ejecutar los actos legalizados operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de las funciones del Instituto, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y los cuerdos de la Junta Directiva. Cuando la cuantía de estos exceda la suma de cuenta mil pesos ($ 100.000.00) se necesitará la autorización o la aprobación de la Junta Directiva. 16) Orientar el funcionamiento del Fondo de Trabajadores de la Imprenta Nacional u organizar el sistema de distribución de las publicaciones que afecta la misma. 17) La que le deleguen la Junta Directiva, y 18) Las demás que por naturaleza de su cargo le correspondan.

Parágrafo

Cuando se acedando temporalmente del ejercicio de su cargo el gerente podrá designar a sub-gerente del instituto que deba atender al despacho de los asuntos urgentes.

02

Constitutional history

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