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Article 2

La Caja Será Dirigida Y Administrada Por Una Junta Directiva Y Por Un Gerente

Decreto 981 de 1946 · Por el cual se reorganiza la Caja de Protección Social de la Policía Nacional

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01

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º La Caja será dirigida y administrada por una Junta Directiva y por un Gerente. La Junta Directiva estará integrada así

a)

Por el Director General de la Policía Nacional, que será su Presidente permanente, o por el Subdirector o por el Secretario, previa delegación del Director;

b)

Por el Contralor General de la República o su delegado;

c)

Por un representante del personal uniformado de la Policía Nacional;

d)

Por un representante del personal no uniformado de la Policía Nacional, y

e)

Por un representante del personal que, siendo afiliado a la Caja, no pertenezca a la Policía Nacional.

Parágrafo

Los miembros de la Junta de que tratan los ordinales c), d) y e) del presente Artículo, serán elegidos por mayoría de votos por el respectivo personal para periodos de dos años, de acuerdo con reglamentación que sobre el particular dicte la Junta, y tendrá cada uno su respectivo suplente personal. El representante, principal o suplente, que pierda el carácter de afiliado dejará vacante la representación.

02

Constitutional history

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