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Article 5

Decreto 7 de 1895 · El Jefe Civil y Militar del Departamento del Tolima.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art. 5°. Los subalternos de los Jefes o cabecillas de la rebelión, exceptuados los individuos de tropa, deberán presentarse ante el prefecto de la Provincia donde se hallen, en el mismo término de doce días, con el objeto de prestar fianza personal o hipotecaria de que no volverán a tomar armas en ningún tiempo contra el gobierno legítimo. Con esta condición podrán quedar en libertad, bajo la vigilancia inmediata de las autoridades, a no ser que, por motivos especiales, resuelva el Jefe civil y militar del Departamento que alguno o algunos de ellos queden en seguridad o sean confinados a otros lugares. Los que no se presenten voluntariamente dentro del término señalado serán perseguidos militarmente como reincidentes de rebelión a mano armada, y sometidos a consejos de guerra verbales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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