Las partidas destinadas para el pago de sueldos de los miembros de la Comisión, Secretario, personal subalterno y demás gastos que demande su funcionamiento, se tomaran de la asignada en el Capítulo 50, articulo 610 del Decreto número 3945, sobre Presupuesto Nacional de Rentas y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1950, para el cumplimiento del artículo 153 del Decreto legislativo número 2158 de 1948.
Article 10
Las Partidas Destinadas Para El Pago De Sueldos De Los Miembros De La Comisión, Secretario, Personal Subalterno Y Demás Gastos Que Demande Su Funcionamiento, Se Tomaran De La Asignada En El Capítulo 50, Articulo 610 Del Decreto Número 3945, Sobre Presupuesto Nacional De Rentas Y Ley De Apropiaciones Para La Vigencia Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1950, Para El Cumplimiento Del Artículo 153 Del Decreto Legislativo Número 2158 De 1948
Decreto 693 de 1950 · Por el cual se organiza la Comisión que formule el proyecto de Código Sustantivo del Trabajo
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