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Article 90

Las Empresas Transportadoras O Sus Agentes Son Responsables De Cualquier Daño Causado A Los Edificios, Grúas U Otros Elementos De La Zona, Cuando Estos Daños Sean Ocasionados Por Culpa De La Tripulación O De Los Trabajadores Dependientes De Los Consignatarios De Los Medios De Transporté

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Las Empresas transportadoras o sus agentes son responsables de cualquier daño causado a los edificios, grúas u otros elementos de la Zona, cuando estos daños sean ocasionados por culpa de la tripulación o de los trabajadores dependientes de los consignatarios de los medios de transporté. Aquellos deberán satisfacer el.importe del daño, y de no hacerlo, la Gerencia de la Zona tomará las medidas necesarias para garantizar la indemnización por los daños causados.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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