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Article 4

Funciones Del Ministro

Decreto 152 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

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Text of the article

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º. Funciones del Ministro. La Dirección del Ministerio, corresponderá al Ministro, quién la ejercerá con la inmediata colaboración del Viceministro y del Secretario General. El Ministro de Desarrollo Económico tendrá las funciones que conforme al decreto 1050 de 1968 corresponden a los ministros del despacho; llevará la vocería del Gobierno ante el Congreso Nacional en materias de planeación económica general, especialmente en el caso de las leyes cuadro de desarrollo económico general; y ejercerá las atribuciones asignadas por disposiciones vigentes en cuanto no fueren contrarias al presente Decreto. En tal virtud, formará parte del Consejo Nacional de Polí­tica Económica y Social, de la Junta Monetaria, del Consejo Nacional de Política Aduanera y del Comité Nacional de Cafeteros.

02

Constitutional history

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