° Las personas que vengan desempeñando los cargos que corresponden a la Planta de Personal que por el presente Decreto se establece, y que no cambien ni en su ubicación ni en su clasificación, continuarán desempeñándolos sin necesidad de nueva posesión. Para los demás casos la autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen en el presente Decreto. Los empleados públicos que estando al servicio del Ministerio de Obras Públicas y Transporte fueren incorporados a la Planta de Personal que por esta norma se fija, no requerirán llenar otra formalidad para su posesión, que la firma del acta respectiva.
Article 3
Las Personas Que Vengan Desempeñando Los Cargos Que Corresponden A La Planta De Personal Que Por El Presente Decreto Se Establece, Y Que No Cambien Ni En Su Ubicación Ni En Su Clasificación, Continuarán Desempeñándolos Sin Necesidad De Nueva Posesión
Decreto 1516 de 1976 · Por el cual se determina la Planta de Personal Directivo del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, de acuerdo con la estructura fijada por el Decreto-ley 154 de 1976
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.