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Article 17

Para La Integración De Las Comisiones De Conciliación Ad Hoc, Las Autoridades De Las Entidades En Conflicto Entregarán A Quien Haga Las Veces De Conciliador, La Documentación Necesaria En La Que Conste La Naturaleza Del Conflicto Con El Propósito De Que Aquél Pueda Presentar Fórmulas De Arreglo

Decreto 2680 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 60 de 1993 y se dictan otras disposiciones de carácter transitorio.

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01

Text of the article

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Para la integración de las Comisiones de Conciliación Ad hoc, las autoridades de las entidades en conflicto entregarán a quien haga las veces de conciliador, la documentación necesaria en la que conste la naturaleza del conflicto con el propósito de que aquél pueda presentar fórmulas de arreglo. Las fórmulas de conciliación que presente el conciliador se harán con arreglo a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, para el ejercicio de competencias entre la Nación y los distintos niveles territoriales, consagrados en la Constitución Política y la ley.

02

Constitutional history

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