º Para el ejercicio de la actividad de locución a través de los medios de radiodifusión y televisión, es necesaria poseer la licencia que acredita la calidad de locutor, debidamente expedida por el Ministerio de Comunicaciones.
La locución de los anuncios publicitarios transmitidos por los medios de radiodifusión y televisión, deberá ser realizada por locutores o actores debidamente licenciados.