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Article 10

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo 4º

Ley 78 de 1981 · por la cual se erige en Departamento la Intendencia Nacional del Caquetá.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

de la Ley 157 de 1887 los negocios de la jurisdicción ordinaria, de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y del Ministerio Público de competencia de las autoridades y organismos que se crean por esta Ley, o de los que establezca el Gobierno en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y de las que se le conceden por esta Ley, que estén en la actualidad en conocimiento de cualquier otra autoridad, pasarán en el estado en que se encuentren a los funcionarios competentes a partir de la fecha de iniciación del funcionamiento del Departamento del Caquetá. Mientras tal ocurra, y en todo caso, hasta cuando se instalen los respectivos despachos tomen posesión los correspondientes funcionarios, continuarán tramitando tales negocios quienes al presente vienen conociendo de ellos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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