º Créase la Comisión Nacional Permanente del Tratado de Cooperación Amazónica la cual velará por la correcta aplicación del Tratado de Cooperación Amazónica en cumplimiento y la ejecución de las decisiones y acuerdos que se adopten en las Reuniones de Ministros de Relaciones Exteriores y del Consejo de Cooperación Amazónica del mencionado Tratado.
Article 1
Créase La Comisión Nacional Permanente Del Tratado De Cooperación Amazónica La Cual Velará Por La Correcta Aplicación Del Tratado De Cooperación Amazónica En Cumplimiento Y La Ejecución De Las Decisiones Y Acuerdos Que Se Adopten En Las Reuniones De Ministros De Relaciones Exteriores Y Del Consejo De Cooperación Amazónica Del Mencionado Tratado
Decreto 464 de 1982 · Por el cual se crea la Comisión Nacional Permanente del Tratado Amazónico
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