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Article 3

Ni El Ministerio De Obras Públicas, Ni Las Gobernaciones De Los Departamentos Interesados En Las Obras Antedichas, Podrán Negociar En Venta, Con Descuento, Cantidad Alguna De Las Asignadas En Bonos Para Las Mismas Obras, Por No Ser Ese Objeto Que Se Propuso La Ley Que Los Creo

Decreto 346 de 1919 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el giro, depósito e inversión de las cantidades asignadas en bonos colombianos de deuda pública interna para la carretera de Cúcuta al río Magdalena, el camino del carare y la Carretera de Pasto a Barbacoas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Ni el Ministerio de Obras públicas, ni las Gobernaciones de los departamentos interesados en las obras antedichas, podrán negociar en venta, con descuento, cantidad alguna de las asignadas en bonos para las mismas obras, por no ser ese objeto que se propuso la ley que los creo. Comuníquese y cúmplase.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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