º. Cuantía máxima del subsidio. La cuantía máxima del susidio familiar de vivienda otorgado por el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, es el equivalente a trescientas cincuenta unidades de poder adquisitivo constante (350 UPAC) y depende de las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, del tipo y valor de la solución de vivienda y de la población de la ciudad. La cuantía máxima del subsidio familiar de vivienda otorgado por las Cajas de Compensación Familiar es el equivalente a cuatrocientas cincuenta unidades de poder adquisitivo constante (450 UPAC) y depende de las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, del tipo y valor de la solución de vivienda y de la población de la ciudad. El monto del subsidio familiar se liquidará al valor de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante, UPAC, en la fecha de su asignación.
Decreto 706 de 1995 →In force
Article 7
º
Decreto 706 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991 en cuanto a la aplicación del subsidio familiar de vivienda en dinero para áreas urbanas.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.