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Article 46

Decreto 1155 de 1980 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1979

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En los casos en que Carbocol tuviere conocimiento de que un productor de carbón sujeto al impuesto no ha presentado las declaraciones a que está legalmente obligado, practicará directamente o a través de las respectivas alcaldías una inspección a las instalaciones y, con base en dicha inspección, informará a los contribuyentes sobre las declaraciones omitidas y el valor de los impuestos conminándolos para que efectúen la presentación de aquéllas y el pago de éstos. En caso de que la comunicación no fuere atendida, se enviará el expediente a la Administración de Impuestos Nacionales para la práctica de la liquidación de aforo, con las sanciones previstas en la Ley 52 de 1977

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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