Los braceros están obligados
A concurrir al trabajo en los días y horas hábiles que se le señalen de conformidad con la Convención celebrada entre las empresas de navegación del río Mgdalena y sus afluentes, y los sindicatos de trabajadores del mismo río, sin perjuicio de lo que se establece en este Decreto y de lo que en el futuro sea reglamentado en desarrollo de él,
A llevar una divisa siempre que estén trabajando, divisa que les será suministrada gratuitamente por la respectiva oficial fluvial;
A observar buena conducta;
A exhibir su cédula siempre que para ello sean requerido por la autoridad fluvial;
A cumplir los reglamentos del puerto;
A presentarse a la Administración, Intendencia o Inspección fluvial cuando sean citados por la respectiva autoridad para asuntos del servicio.