º . Además de los anteriores posiciones pagarán también el 5% ad-valorem hasta el 30 de junio de 1983, las siguientes: 84.22.01.01 Con excepción de los polipastos hasta 8 toneladas de capacidad de izaje y los tornos (winches) de arrastre o elevación (cabrestantes), clasificables en la posición 84.22.01.01, que pagarán un gravamen permanente del 40% ad-valorem. 84.22.01.99 Con excepción de los polipastos eléctricas hasta 5 toneladas de capacidad de izaje y los tornos (winches) de arrastre o elevación (cabrestantes), clasificables en la posición 84.22.01.99 que pagarán un gravamen permanente del 30% ad-valorem. 84.25.02.01 Con excepción de las desgranadoras manuales para maíz de peso neto 7 kilogramos, rendimiento aproximado de grano limpio 60/70 kilogramos-hora, las desgranadoras manuales para maíz de peso neto 55 kilogramos; rendimiento aproximado de grano limpio 450 kilogramos-hora (este tipo es de uso opcional a motor con aumento del rendimiento en 50%) y las desgranadoras manuales de maíz a motor de peso neto 80 kilogramos, rendimiento aproximado de grano limpio 1.500 Kilogramos-hora, tuerza requerida ½ HP eléctrico o a gasolina 500 RPM., clasificables en la posición 84.25.02.01, que pagarán un gravamen permanente del 45% ad-valorem. 84.25.02.99 Con excepción de las trilladoras de café, clasificables en las posición 84.25.02.99, pagarán un gravamen permanente del 45% ad-valorem. 84.42.02.00 Con excepción de las desbastadoras, achaflanadoras y adelgazadoras de cuero y pieles clasificables en la posición 84 42.02.00, que pagarán un gravamen permanente del 55% ad-valorem. 84.45.03.09 Con excepción de las taladradoras de banco y de columna que no excedan simultáneamente los siguientes parámetros: capacidad de perforación, en acero de resistencia máxima a la tracción de 60 kilogramos/mm, cuadrados, 50 mm., potencia de motor principal, 5 HP, peso total sin accesorios 1.500 kilogramos, que pagarán un gravamen permanente del 55% ad-valorem. 84.45.03.99 Con excepción de las taladradoras de banco y de columna que no excedan simultáneamente los siguientes parámetros: capacidad de perforación, en acero de resistencia máxima a la tracción de 60 kgs/mm. cuadrados, 50 mm., potencia de motor principal 5 HP, peso total sin accesorios 1.500 kilogramos, que pagarán un gravamen permanente del 55% ad-valorem. 84.45.08.01 Con excepción de las prensas hidráulicas hasta 500 toneladas métricas, clasificables en la posición 84.45.08.01, que pagarán un gravamen permanente del 60%, ad-valorem. 84.47.05.01 Con excepción de las prensas hidráulicas hasta 500 toneladas métricas, clasificables en la posición 84.47.05.01, que pagarán un gravamen permanente del 60% ad-valorem. 84.56.04.99 Con excepción de las máquinas formadoras de machos de resina-arena hasta 300 mm. peso máximo 300 gramos, clasificables en la posición 84.56.04.59, que pagarán un gravamen permanente del 50% ad-valorem. 85.01.03.11 Con excepción de los generadores monofásicos hasta 165 kva. para tensiones de 110 voltios y hasta 600 voltios, o 60 ciclos y grupos generadores trifásicos hasta 250 kva. para tensiones de 110 y hasta 600 voltios 50 o 60 ciclos, clasificables en la posición 85.01.03.11 que pagarán gravamen permanente del 50% ad-valorem.
Decreto 2292 de 1982 →In force
Article 2
Decreto 2292 de 1982 · por el cual se reducen temporalmente los gravámenes de algunas posiciones del Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
amended (verif_articulado: modifícase el artículo 2° del decreto 2292 de 1982) by decreto 654/83 amended by decreto 3133/82 amended by decreto 654/83
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.