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Article 1

Modifíquense Los Artículos 4°, 5° Y 6° Del Decreto 1851 Del 27 De Mayo De 2011, El Cual Quedará Así: " Artículo 4°

Decreto 2672 de 2011 · por el cual se modifican los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto 1851 de 2011 de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá Sur.

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01

Text of the article

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°. Modifíquense los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto 1851 del 27 de mayo de 2011, el cual quedará así: " Artículo 4°. Nómbrese al doctor Luis Javier Valencia Aguilar, identificado con la cédula de ciudadanía número 70090387 de Medellín, como Miembro Suplente del doctor Diego Alonso Mann Monsalve, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá Sur, en reemplazo del doctor Jorge Alberto Sánchez Ardila. Artículo 5°. Nómbrese al doctor Luis Fernando Mejía Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía número 71606846 de Medellín, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá Sur, en reemplazo de la doctora María Fernanda Miranda Espinosa. Artículo 6°. Nómbrese al doctor Juan Carlos Rico Llano, identificado con la cédula de ciudadanía número 98541505 de Envigado, como Miembro Suplente del doctor Luis Fernando Mejía Escobar, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá Sur, en reemplazo del doctor Luis Javier Valencia Aguilar, quien pasó a otra suplencia".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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