°. La no prestación oportuna del servicio para el cual están vinculados por el Estado, o el cese de actividades laborales, realizado por servidores públicos, no amparados en justa causa previamente definida en la ley, se entiende ilegal y generará para quienes participen en él, la no causación de la remuneración correspondiente en los términos previstos en el decreto 1647 de 1967.
Article 1
La No Prestación Oportuna Del Servicio Para El Cual Están Vinculados Por El Estado, O El Cese De Actividades Laborales, Realizado Por Servidores Públicos, No Amparados En Justa Causa Previamente Definida En La Ley, Se Entiende Ilegal Y Generará Para Quienes Participen En Él, La No Causación De La Remuneración Correspondiente En Los Términos Previstos En El Decreto 1647 De 1967
Decreto 1844 de 2007 · por el cual se ordena el no pago de días no laborados por los servidores públicos del sector educativo y se deroga el Decreto 1838 de 25 de mayo de 2007.
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