ARTICULO 37. Dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que ocurra la necesidad de proveer un cargo en propiedad, la corporación o funcionario a quien corresponda la postulación o designación, dará aviso a la vacante al Consejo Superior de la Administración de Justicia para el envío actualizado de la listad de candidatos aprobados.
Article 37
Dentro De Los Cinco (5) Días Siguientes A Aquel En Que Ocurra La Necesidad De Proveer Un Cargo En Propiedad, La Corporación O Funcionario A Quien Corresponda La Postulación O Designación, Dará Aviso A La Vacante Al Consejo Superior De La Administración De Justicia Para El Envío Actualizado De La Listad De Candidatos Aprobados
Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.
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