°. Etapas de la venta . La venta de las acciones a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto se harán en las siguientes etapas: Primera etapa Inicialmente se ofrecerá por un término de dos meses, en las condiciones especiales a que se refiere el artículo 5 del presente Decreto, la totalidad de las acciones objeto del mismo, a las personas indicadas en el artículo 60 de la Constitución Política y el artículo 3 de la Ley. 226 de 1995, esto es a: los trabajadores activos y pensionados de Cerro Matoso S. A., y de las entidades donde esta última tenga participación mayoritaria; los extrabajadores de dicha entidad y de las entidades donde esta última tenga participación mayoritaria, siempre y cuando no hayan sido desvinculados con justa causa por parte del patrono; las asociaciones de empleados o exempleados de Cerro Matoso S. A., sindicatos de trabajadores; federaciones de sindicatos de trabajadores y confederaciones de sindicatos de trabajadores, fondos de empleados, fondos mutuos de inversión; fondos de cesantías y de pensiones; y entidades cooperativas definidas por la legislación cooperativa. Segunda etapa Las acciones que dentro del plazo a que se refiere el numeral anterior, no sean adquiridas por las personas a que se refiere el mismo, se pondrán en venta entre las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con capacidad legal para participar en Cerro Matoso S. A.
Decreto 1749 de 1996 →In force
Article 3
°
Decreto 1749 de 1996 · por el cual se aprueba el programa de venta de las acciones emitidas por Cerro Matoso S.A. de propiedad del Estado.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.