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Article 2

Ley 62 de 1939 · Sobre deslinde y amojonamiento de los Departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios de la República

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Ingeniero Catastral hará el deslinde directamente sobre el terreno, en presencia de los representantes de cada una de las entidades políticas Interesadas, marcando sobre el plano topográfico o fotográfico del territorio en cuestión la línea o líneas que correspondan a la opinión unánime o diferente de éstos, basada en la interpretación de los textos legales u otras razones, y en último caso marcará además el trazado técnico que juzgue más adecuado.

Parágrafo

Los representantes de las entidades políticas interesadas serán:

a)

Para cada uno de los Departamentos: dos delegados nombrados por la Asamblea Departamental y además el Gobernador o su representante;

b)

Para cada una de las Intendencias: el Intendente o su representante y un delegado del Ministerio de Gobierno;

c)

Para cada una de las Comisarías: el Comisario o su representante y un delegado del Ministerio de Gobierno;

d)

Para cada ano de los Municipios: el Alcalde, el Personero y el Corregidor respectivos, en el caso en que el Municipio esté subdividido en Corregimientos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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