º Las personas que se vinculen al servicio público en el Distrito Capital y sus entidades descentralizadas a partir de la vigencia del presente Decreto y que conforme a las disposiciones vigentes tengan el carácter de empleados públicos, gozarán del régimen prestacional señalado para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Article 1
º Las Personas Que Se Vinculen Al Servicio Público En El Distrito Capital Y Sus Entidades Descentralizadas A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Y Que Conforme A Las Disposiciones Vigentes Tengan El Carácter De Empleados Públicos, Gozarán Del Régimen Prestacional Señalado Para Los Empleados Públicos De La Rama Ejecutiva Del Poder Público
Decreto 1133 de 1994 · por el cual se fija el régimen prestacional de los empleados públicos del Distrito Capital y sus entidades descentralizadas
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